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El 31 de Mayo el SAT público, en el diario Oficial de la Federación, la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, centro de los principales cambios podemos mencionar lo relativo a comprobantes fiscales o que conocemos comúnmente como Facturación Electrónica.

Se agrega la regla I.2.1.24 donde se menciona que cuando se trate de prestación servicios u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes llámese arrendamiento, se podrá incluir en la unidad de medida la frase o expresión NA (No Aplica), para dar cumplimiento a la regla que establece el incluir la unidad de medida, cabe aclarar que esta expresión no invalida de ninguna forma su Factura Electrónica.

Se Modifica la regla I.2.8.1.1 para aquellos contribuyentes que este obligados a expedir Comprobantes Fiscales, esta modificación menciona que solo podrán optar por expedir comprobantes con Código de Barras Bidimensional (CBB) aquellos contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hayan declarado ingresos iguales o inferiores a 250,000 mil pesos, siempre que tributen en el Titulo II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Otra modificación que sufre consiste en que aquellos contribuyentes que inicien operaciones no podrán optar por dicha regla. Cabe aclara que esta regla entre en Vigor el 1 de Enero del 2014, por lo tanto, aquellos contribuyentes que aun tenga CBB vigentes podrán utilizarlos hasta su vencimiento.

Se deroga todo lo relacionado con los Certificados Fiscales Digitales (CFD) por lo que no podrán seguirse expidiendo a partir del 1 de enero del 2014.

En el caso del IETU se obliga a que los contribuyentes presenten el aviso de compensación cuando acrediten los pagos provisionales de IETU vs. ISR, anteriormente no se tenía la obligación de hacerlo era automático.

Estas son algunas de las reformas fiscales más trascendentes en este mes.
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